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lunes, 25 de febrero de 2013

Osiptel exige a operadoras móviles un mínimo de 60% de cobertura geográfica

La empresa que incumpla con la medida podrá ser sancionada por falta grave con una multa de hasta 150 UIT. (Reuters) EL COMERCIO Osiptel aún no culmina los nuevos reglamentos que sancionarán los mínimos de calidad exigibles a los operadoras móviles. El ofrecimiento fue para fines de enero; sin embargo, ya avanzó en la prepublicación del reglamento que define la cobertura de la telefonía móvil e Internet. Según detalló Gonzalo Ruiz, presidente del ente regulador, el reglamento señala que el operador deberá declarar sus zonas de cobertura geográfica y solo podrá afirmar que ofrece el servicio en un determinado centro poblado, provincia o distrito cuando la señal llegue al menos al 60% de la citada área. El operador que incumpla con la medida deberá resarcir al cliente afectado. Además, los operadores podrán ser sancionados por una falta grave, con multas de 51 a 150 UIT (Unidad Impositiva Tributaria). SE BUSCAN OPINIONES: Los interesados en opinar sobre la citada medida tendrán 15 días para remitir sus comentarios y “para fines de abril ya esperamos tener la versión final publicada”, recalcó Ruiz. La norma y las que se vienen trabajando para reforzar la labor de supervisión del Osiptel y establecer los estándares mínimos de calidad, forman parte de las reforma que requiere el sistema para adecuarse a los nuevos modelos de contrato de concesión (en el caso de Vietel) y adendas (en el caso de Telefónica) que viene emitiendo el Ministerio de Transportes.

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